LaBot Constituyente. Las dificultades para cuadrar el círculo del reglamento.

 

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Si ya me habías leído antes, debo contarte que esta semana fue bastante diferente a todas las anteriores. Cuando la Convención Constitucional cumple ya dos meses de funcionamiento, comenzó a cerrarse la redacción del reglamento interno y, bueno, las cosas se pusieron un poco enredadas.

¿Por qué? 😩

Como recordarás, el sábado 28 vencía el plazo para que las comisiones transitorias enviaran sus propuestas de normas de funcionamiento. A partir del lunes, la comisión de Reglamento debía comenzar a armonizar esas propuestas con el articulado que dicha comisión ya había aprobado. Desde el primer minuto quedó claro que no sería fácil. Como observadora atenta del trabajo de las distintas comisiones, yo ya me había dado cuenta de que cada una iba avanzando sin tomar mucho en cuenta lo que decidían las otras. El problema se veía venir y el resultado fue que las normas no eran del todo compatibles, a no ser que se hiciera cirugía mayor en alguna de las propuestas.

Dame un ejemplo… 🔦

La Comisión de Reglamento acordó crear 7 comisiones permanentes. Para consensuar los temas y sus contenidos hubo arduas negociaciones entre sus integrantes. Aunque en algún momento se habló de que una de estas comisiones tratara asuntos indígenas, los representantes de pueblos originarios pidieron expresamente que no se hiciera así, pues para ellos era importante que el tema fuera transversal. Pues bien, el articulado propuesto por la comisión de Participación y Consulta Indígena incluye una comisión permanente de Derechos de los Pueblos Indígenas y Plurinacionalidad. En las reuniones de esta semana sus coordinadores subrayaron lo relevante que era para ellos el tener una comisión especializada.

¿Cómo se solucionó? 💡

Todavía está en vías de solución. La comisión de Reglamento asumió que no estaba entre sus atribuciones cambiar las decisiones previamente acordadas por otras comisiones. Eso implica que sólo podían agregar nuevos artículos o incisos, pero no modificarlos. Por eso, la primera decisión fue enviar algunas propuestas directamente al pleno como reglamentos separados, para que ahí, entre todos los convencionales, decidan qué prevalecerá o busquen alternativas. Es el caso de las propuestas de las dos comisiones de participación (Popular y Consulta Indígena). También se envió al pleno el reglamento de Ética, pues consideraron que por su naturaleza debe ser un cuerpo independiente, mientras que la normativa de Presupuesto ya se aprobó hace algunas semanas. Se mandató a los coordinadores para emitir un informe que destaque  las contradicciones entre los distintos reglamentos y que proponga cómo integrar las propuestas de las otras comisiones (Descentralización y Comunicaciones). Esto último se votó la tarde del jueves.

¿Y Derechos Humanos? 🙌 

Uf, eso es más complejo. Lo primero que se decidió fue enviar directamente al pleno todos aquellos asuntos del informe de la comisión de Derechos Humanos que no eran reglamentarios. Ahí están incluidas algunas de las propuestas que fueron polémicas esta semana, como la de reemplazar a Carabineros por una policía desmilitarizada y el levantamiento del secreto del Informe Valech, siempre que las víctimas no se opongan. En cambio, se acordó que aquellos puntos que sí eran reglamentarios serían conversados por las coordinaciones de DDHH y Reglamento para ver cuáles se incorporarían al articulado.

¿Cuál es el problema? 😨

Hasta ahí iba todo bien, pero en esa conversación entre coordinadores las cosas se pusieron tensas. Las diferencias fueron varias, aunque el punto más crítico se dio porque los coordinadores de DDHH, Manuela Royo y Roberto Celedón, insistieron en incluir su propuesta de una comisión permanente de Derechos Humanos, Ambientales, de la Naturaleza y Garantías Constitucionales, mientras los coordinadores de Reglamento, Amaya Álvez y Daniel Bravo, les explicaban que no podían agregar nuevas comisiones ni cambiarle el nombre a las ya existentes. La idea era incorporar aquellas cosas en que no hubiera contradicciones entre ambas propuestas, para luego votarlas en Reglamento. 

Esto último no fue bien recibido por Royo, quien insistió en que era su comisión la que tenía las atribuciones para dotar de los contenidos de DDHH el reglamento. Celedón estaba particularmente enojado porque ninguna comisión lleva siquiera Derechos Humanos en el nombre y en vez de eso se propone el título de Derechos Fundamentales. Álvez sugirió llevar el asunto al pleno, pero no hubo posibilidad de acuerdo. O al menos eso pareció, porque la reunión terminó con micrófonos apagados. (Ups 😬).

Al día siguiente (jueves), se citó a una sesión extraordinaria de la comisión de Derechos Humanos donde se informó del desacuerdo, lo que generó molestia entre los convencionales y se llegó a decir que no eran “subalternos” de Reglamento. Tras la reunión, varios convencionales de la comisión de DDHH se trasladaron al hemiciclo donde sesionaba Reglamento. Luego de escuchar la versión de Álvez y Bravo sobre por qué lo mejor era enviar la propuesta al pleno, reaccionaron comprensivos y todos quedaron en seguir conversando para llegar a acuerdos. 

¿Qué viene ahora?📍

Ahora sí comienza la recta final del reglamento. El jueves 9 de septiembre comenzará la deliberación y votación en general en el pleno. Luego viene el plazo para presentar indicaciones, algo en que algunos grupos ya han comenzado a trabajar porque se necesitan 30 patrocinios, lo que considerando los equilibrios políticos, exigirá bastantes negociaciones. La votación sobre dichas enmiendas comenzará recién la semana del 20 de septiembre, con lo cual se espera que el día 28 ya se cuente con un reglamento definitivo. Si eso ocurre, la Convención tendrá algo más de nueve meses para discutir los temas de fondo.

¿Más novedades? 🆕

Tras el escándalo de las firmas falsas del precandidato presidencial Diego Ancalao, esta semana terminó de quebrarse La Lista del Pueblo (LLDP), que llegó a tener 27 integrantes en la Convención. El miércoles, 17 convencionales anunciaron la creación de un nuevo bloque denominado “Pueblo Constituyente”. Con esto, sólo dos convencionales siguen perteneciendo a LLDP: Cristóbal Andrade, conocido como Dinoazulado, y Giovanna Gandón, la famosa Tía Pikachú. No está claro cómo se alineará el resto. La conformación de grupos es muy importante en la Convención, no sólo para reunir apoyo en las votaciones –con esto podría haber un cambio de equilibrios–, sino porque la norma establece que en el pleno la palabra se otorga de acuerdo a la pertenencia de los convencionales, con la idea de que sea proporcional al peso de cada bloque.

¿Algo más? ☝️

Sí, preparé una historia robotizada sobre las distintas propuestas de participación, que como te conté, se votarán directamente en el pleno. Plebiscito dirimente, iniciativa popular de norma y consulta indígena vinculante están entre las más relevantes:

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Imagen constituyente 📸

Scanner Constituyente de Unholster

Entrevista constituyente 🎤 : Christian Viera

Christian Viera fue electo convencional por el distrito 17 de la Región del Maule y como independiente se sumó al bloque del Frente Amplio. Es abogado de la Universidad Católica de Valparaíso, doctor en Derecho de la Universidad de Deusto y académico de la Universidad de Valparaíso. En la Convención Constitucional integra la comisión transitoria de Ética, donde participó en la discusión sobre las normas de convivencia entre los convencionales, varias de las cuales han generado polémica.

En los últimos días ha habido bastantes críticas al resultado del reglamento de la Comisión de Ética. En términos generales, ¿cuál es su valoración del resultado de ese trabajo?

Positiva, toda vez que establece un estándar más alto respecto al cual hemos estado acostumbrados y acostumbradas en el sistema político. Hubo un esfuerzo para establecer un estatuto más o menos exigente en vistas a que seamos diligentes en nuestro comportamiento como autoridades. 

¿Quizás un estándar demasiado alto o con normas demasiado "innovadoras" para el sistema legal chileno? Pienso por ejemplo en la regulación del negacionismo, ¿es practicable para la sana convivencia de la Convención sancionarlo así?

La verdad es que advierto algunos puntos, algunos nudos críticos, que podrían ser revisados por el pleno. Yo identifico tres: uno de ellos es el negacionismo; otro que también es muy problemático es la suspensión del derecho a voz; y el otro que es complejo es el establecimiento de procesos de formación complementaria. 

Vamos de a uno. ¿Qué peligros ve sobre el negacionismo? Ya tuvimos una experiencia en la Comisión de DDHH con el ex almirante Jorge Arancibia...

Lo primero es establecer un contexto. La libertad de expresión no es entendida como un derecho absoluto, entonces la pregunta es si es posible que se establezcan límites a la libertad de expresión. En cualquier lugar del mundo donde hay alguna tipología de sanción del negacionismo se resiente la libertad de expresión, que es un pilar del régimen democrático, porque se busca un bien mayor. ¿Qué estaban buscando aquellos países que han desarrollado políticas de sanción al negacionismo? La paz social, la convivencia armónica en un ambiente democrático. Estoy pensando principalmente en España o Alemania.

En el caso chileno uno podría preguntarse si es razonable que establezcamos conductas sancionatorias respecto del negacionismo y creo que frente a algunos hechos de apología o de negación de ciertos hechos, podría ser razonable. Pero eso lo he defendido como limitado a un periodo histórico que tiene que ver con nuestra propia experiencia de tragedia que es la dictadura militar. Por qué en ese caso podría ser razonable: hay declaraciones expresas de parte del Estado de Chile –el Informe Rettig y las comisiones Valech 1 y 2– que han reconocido nuestro propio holocausto. Segundo, hay una jurisprudencia que ha significado una condena en crímenes de lesa humanidad. Tercero, hay políticas estatales de reparación de las víctimas. O sea, hay antecedentes más o menos robustos de que el tiempo es el que permite (afirmar) que aquello fue una verdadera tragedia. Negar esos hechos o hacer una defensa de nuestra propia tragedia, creo que lesiona nuestra convivencia.

Sin embargo, el tipo que nosotros aprobamos incorpora además prácticas negacionistas respecto a hechos que son muy recientes, con motivo de la revuelta social. Aquí ha habido una violación masiva de los DDHH, pero respecto de esos hechos, es el tiempo el que nos va a dar mayor perspectiva. Primero, no tenemos aún sentencias de condena, sólo hay unos cinco informes de DDHH. Segundo, tampoco tenemos declaraciones oficiales sobre el carácter de los delitos cometidos. Tercero, no hay alguna comisión estatal que se haya constituido para analizar esos hechos. Y cuarto, todavía no se construyen políticas de reparación respecto de las víctimas. Porque una cosa es la violación masiva de los DDHH que ocurrieron con motivo de la revuelta, y eso no puede ser sino condenado, y otra cosa es establecer una sanción frente a aquellos hechos que aún están en construcción en cuanto a la interpretación. En esa indicación yo me abstuve porque en esa parte no estaba de acuerdo.

Y respecto a la dictadura, considerando que en el sistema de normas chileno no está tipificado el negacionismo, y que de hecho los ciudadanos eligieron como convencionales a personas que habían trabajado en la dictadura –como el almirante Arancibia, que fue edecán de Pinochet– o que la han defendido ardientemente –como Marcela Cubillos–, ¿por qué los convencionales deberían censurar a personas que fueron democráticamente electas?

Lo primero que uno tiene que despejar, para no caer en equívocos, es que esto no es un código penal, no estamos estableciendo delitos, sino que normas para nuestro comportamiento interno. Porque este es un reglamento de ética, no es más que eso. Entonces lo que se busca con una norma de ese tipo tiene que ver con el cuidado de nuestras relaciones internas, y hacer una apología o negar aquellos hechos provoca ciertas conmociones internas que pueden afectar nuestra convivencia. Ahora, el tipo aprobado incluye una conducta que es problemática, que es "minimizar". La ambigüedad de ese verbo también es compleja. Yo más bien defendería la negación o la apología, pero no la minimización.

El segundo punto tiene que ver con quitarle el derecho a voz a los convencionales que son sancionados varias veces.

Respecto de esa norma, es bien intencionada. Busca establecer una sanción a aquel convencional que reiteradamente ha sido sancionado por el Comité de Ética. Uno podría pensar, de buena fe, "hasta cuándo". Sin embargo, aquí lo relevante no es tanto el comportamiento del convencional como lo que significa la sanción a las representadas y los representados. Porque la pérdida del derecho a voz no es sólo respecto del constituyente o la constituyente, sino que se le impide esa voz a un grupo significativo de ciudadanas y ciudadanos. Por lo tanto, esa sanción lo que hace es lesionar la deliberación política, porque deja sin voz a los y las ciudadanas. Por eso esa sanción la rechacé, me parece que es excesiva.

¿Y en el caso de los cursos de formación?

Aprobé, pero presenté una indicación porque inicialmente era con carácter obligatorio. Sin embargo, creo que es una sanción complementaria que es excesiva, pero bien intencionada. Esta posibilidad de formarnos en categorías que hoy empiezan a surgir y que son muy novedosas, debería ser de carácter preventivo y voluntario. Establecerlo como sanción puede prestarse para el equívoco de pensarse que son procesos de reeducación. Bien sabemos que eso está muy asociado a prácticas autoritarias.

Otro punto tiene que ver con la regulación de la desinformación, lo que ustedes llaman "noticias falsas", una definición con la que los periodistas no vamos a estar de acuerdo. Pero más allá del concepto...

Hay una aclaración que sale de Contexto Factual que me pareció del todo pertinente, en el sentido de establecer que lo que hemos definido no es noticia falsa sino que es desinformación. Creo que es una buena regla y un reproche razonable, porque el tipo como queda dice "difundir noticias falsas" –pero, ojo con el nivel de intencionalidad exigida– "conociendo o debiendo conocer". Por qué esto es importante: porque esto exonera un error. Porque uno puede desinformar erróneamente, incluso sin intención. Eso no es sancionable. Lo que es sancionable es que uno difunda algo sabiendo que es mentira o porque es evidente, porque es cuestión de chequear fácilmente la información. Esto es importante por dos razones: primero, porque nosotros tenemos un principio que inspira nuestra actuación, que es el principio de veracidad; pero lo segundo, por nuestro rol de autoridades, tenemos que ser especialmente cuidadosos de no generar mecanismos de manipulación de la opinión pública. Por esa responsabilidad y por ese deber de ser veraces, me parece que es una buena regla.

Pero hay una serie de cosas que están en un área gris. Sobre todo cuando se trata de interpretar...

Sí y en ese espacio de ambigüedad lo que prima es la libertad de expresión. Si me permite un ejemplo, si uno de nosotros sale diciendo "los convencionales se quieren subir el sueldo", sabemos o debemos saber que eso es mentira, porque nunca en ningún momento estuvo en el horizonte esa posibilidad. Y generas un impacto para manipular a la opinión pública. Es bien evidente que es un hecho falso. O lo otro que apareció en algún momento con algún colega: "surge de la comisión de Ética la pérdida del derecho a voz y voto de los convencionales". Eso es mentira y se podría saber fácilmente que es mentira, porque quien dice aquello podría cotejarlo con su compañero o compañera de coalición para advertir que no es veraz.

Usando ese mismo ejemplo: cómo va a determinar el comité que ese no fue un error.

La infracción es bien categórica: "conociendo o debiendo conocer". Por el principio de responsabilidad, nosotros tenemos que hacer doble check. Puede que no sepas que es falso, pero antes de lanzar una acusación de ese tipo, no te cuesta nada preguntar a tu colega constituyente para cerciorarte si es veraz lo que estás señalando. Ahí hay un comportamiento que es inexcusable.

¿Ustedes se asesoraron con expertos para reglar un tema tan complejo que en ninguna parte se ha podido regular bien?

Bueno, lo que hay son más bien comentarios y consultas que podrán hacerse con personas que se han dedicado a este asunto, pero es más bien informal.

Sobre los  tres puntos anteriores, ¿espera presentar indicaciones junto al FA para corregirlos?

Aquí sólo puedo hablar a título personal porque es algo que debemos conversar y eso no ha tenido lugar. Puede ser que efectivamente surjan algunas indicaciones para mejorar el reglamento, pero vamos a ver cómo termina siendo la votación final. Aún es prematuro decir si se van a presentar indicaciones.


Lecturas constituyentes 📚

  1. Pauta: Loncon: "Hasta el momento hemos funcionado superando 2/3. Quiero que ese modo de operar siga"

  2. Pauta: Las claves de la propuesta de Reglamento de la Convención Constitucional

  3. El Mostrador: La inconveniencia de los plebiscitos dirimentes en la Convención Constitucional

  4. Ex-Ante: ¿Es una buena idea abrir los archivos de la comisión Valech? Por Ricardo Brodsky, ex director del Museo de la Memoria

  5. Emol: El inesperado protagonismo de los secretarios ante la falta de experiencia de los constituyentes

  6. Ex-Ante: 10 claves para entender la desintegración de la Lista del Pueblo en dos meses

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