Bono de Marzo 2015. Lunes 2 de marzo se inicia entrega.

EL LUNES SE INICIA ENTREGA DEL BONO MARZO: ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
Enviado por Alexis Canales el 27/02/2015 a las 12:21



El aporte que se entregará este año ascenderá a los $ 41.236 y beneficiará a los sectores más vulnerables de la sociedad.
El próximo lunes 2 de marzo se iniciará la entrega del Aporte Familiar Permanente, más conocido como Bono Marzo, para este año 2015.
El aporte ascenderá a $ 41.236 y beneficiará a los sectores más vulnerables de la sociedad siendo entregado de la siguiente manera:
Por carga familiar: se entregará este monto por cada carga familiar que al 31 de diciembre de 2014 haya dado derecho a Subsidio Familiar, Asignación Familiar o Asignación Maternal, siempre que ganen menos de $ 537.834.
Por familia: se entregará un monto de $ 41.236 por grupo familiar a aquellas familias que formen parte de los programas de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar) y Chile Solidario.
A TENER EN CUENTA
► Si una familia entra en los dos grupos, primará el primero (aporte por carga familiar).
► Este es un beneficio al que no se postula. Las personas que cumplen los requisitos son identificadas como beneficiarias por las instituciones correspondientes.
► Desde el 2 de marzo habrá una aplicación para consultar en línea. Una vez que la persona aparece como beneficiaria, tiene un plazo de nueve meses para cobrar el aporte.
► Para recibir el aporte sólo se debe presentar la cédula de identidad y no presenta costo para el beneficiario
DETALLES
¿Quién debe recibir el aporte?
La ley establece la obligación de entregar el dinero al miembro de la familia que se encuentre percibiendo las respectivas asignaciones familiares o maternales.
Si las cargas familiares que dan derecho a las asignaciones (hijos, cónyuge) no viven con el beneficiario, éste deberá entregar el dinero del Aporte Familiar Permanente en un plazo máximo de 30 días después de haberlo recibido.
Por lo tanto, el beneficiario tiene la obligación de entregarlo a las siguientes personas:
► La madre que viva con los causantes menores de edad.
► Quien perciba efectivamente las asignaciones familiares.
► Quien tiene derechos de alimentos respecto de los causantes (por decreto judicial).
Más información: Aporte Familiar Permanente.
Nuestro Call Center: 600 440 0040

Comentarios